
La Junta de Supervisión y Administración Financiera de Puerto Rico ha respondido a los comentarios hechos por Corey Brady, abogado general de la Corporación Nacional de Garantía Financiera Pública, durante una reunión celebrada el 10 de enero por la Junta de Energía de Puerto Rico (JNER) como parte de la tasa de interés. respondiendo. proceso de revisión.
Nacional, una de las aseguradoras de los bonos de ingresos heredados de la AEE, dijo en la reunión que el monto de la deuda reestructurada y la tasa de interés requerida para financiarla se basan en el actual plan de ajuste de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE). Sobre información antigua. Nacional, que interpretaba la decisión de la Corte Federal de Apelaciones, también argumentó que el NEPR no debería subestimar las obligaciones futuras de la AEE al fijar los requisitos de ingresos para la deuda.
En una carta reciente al PREB, la junta de supervisión dijo que no estaba de acuerdo con la interpretación de National de la decisión de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos. La sentencia reconoció que los tenedores de bonos pueden tener una garantía real total sobre los «ingresos netos» según se define en el contrato de fideicomiso que rige el bono, pero esta garantía real se limita a la tasa de interés de la AEE fijada por el NEPR y se limita a la diferencia entre la cantidad que recibe. y la tasa de interés actual de la AEE. El Comité de Supervisión abogó por los gastos.
Además, el Comité de Supervisión declaró que el Primer Circuito determinó que los tenedores de bonos actualmente no pueden tener un gravamen total sobre las ganancias no devengadas de la AEE. El valor de los reclamos garantizados permitidos de un tenedor de bonos será determinado por el Tribunal de Quiebras del Título III en relación con la confirmación del plan de ajuste modificado.
En resumen, la Junta de Supervisión determinó que la decisión del Primer Circuito no respaldaba la interpretación de National y que la porción permitida de los reclamos de los tenedores de bonos puede ser menor que el principal impago, incluidos los intereses impagos. La Junta estima que la cantidad de reclamaciones garantizadas que son aceptables para los tenedores de bonos no liquidados es «bastante modesta y se pagará de conformidad con la ley». Calcule el valor presente de los ingresos netos existentes o futuros…”
“Además, el Primer Circuito sostiene que los tenedores de bonos no tienen ningún reclamo por pérdidas no garantizadas contra la AEE u otros activos”, dijo la Junta de Supervisión Fiscal en una carta reciente al NEPR. «Por lo tanto, sus reclamos se limitan al valor de los ingresos netos que garantizan sus reclamos según lo determine el tribunal del Título III en relación con la confirmación del plan de ajuste modificado».
El Plan Financiero 2023 proporciona un análisis de sostenibilidad de la deuda y la deuda máxima que la AEE puede sostener con base en los datos establecidos en el Plan Financiero 2023 o disponibles en la Junta de Supervisión en ese momento es 25. Concluimos que es mil millones de dólares. Esta cantidad se incrementó posteriormente a aproximadamente $2.6 mil millones con base en nuevos datos sobre los ingresos y el consumo de electricidad de los clientes domésticos no subsidiados de ingresos medios de la AEE.
Se espera que la Junta de Supervisión Fiscal certifique el plan fiscal actualizado de la AEE en las próximas semanas.